viernes, 7 de junio de 2013

FUREL S.A. Y LOS PLANES POSCONSUMO

Dentro de los compromisos adquiridos con la certificación ISO 14001:2004, uno de los numerales mas importantes es el siguiente:

4.5.2.1¿La organización tiene establecido, implementado y mantiene uno o varios procedimientos para evaluar periódicamente el cumplimiento de los requisitos legales?
4.5.2.2¿La organización evalúa el cumplimiento con otros requisitos que suscriba? o ¿Lo combina con la evaluación de los requisitos legales?

Este numeral habla especificamente de la verificacion al cumplimiento legal y otros suscritos por la organización.

En efecto FUREL S.A, ha documentado, establecido, implementado un procedimiento que permite llevar un control a los diferentes requisitos legales aplicables a la ley colombiana, en este especifico caso, hablaremos de la legislación ambiental.

Desde la cumbre sobre medio ambiente en Estocolmo en 1872, los países comenzaron a establecer políticas y dictar normas ambientales. Colombia ha sido catalogada como pionera en el establecimiento y aplicación de normas ambientales. Solo en la década de los 90 con la nueva Constitución Política de 1991 se incorpora la parte ambiental, posteriormente se expide la ley 99 de 1993 que crea el Ministerio del Medio Ambiente, desarrolla los postulados ambientales de la Constitución Política y acoge los convenios internacionales sobre medio ambiente que ha firmado Colombia.


El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible viene adelantando una estrategia dirigida a promover la gestión ambientalmente adecuada de los residuos posconsumo con el fin que sean sometidos a sistemas de gestión diferencial y evitar que la disposición final se realice de manera conjunta con los residuos de origen doméstico. 

Dicha estrategia involucra, como elemento fundamental, el concepto de responsabilidad extendida del productor, en el cual los fabricantes e importadores de productos son responsables de establecer canales de devolución de residuos posconsumo, a través de los cuales los consumidores puedan devolver dichos productos cuando estos se convierten en residuos.

En desarrollo de lo anterior, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,  hoy  Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, ha expedido regulación para los sectores de plaguicidas, medicamentos, baterías plomo ácido, pilas y/o acumuladores, llantas, bombillas y computadores y/o periféricos.


Así mismo, el Ministerio ha desarrollado estrategias voluntarias a través de alianzas y acuerdos de concertación establecidos con los fabricantes e importadores, para la recolección y gestión ambientalmente adecuada de celulares, tóner y cartuchos de impresión y equipos de refrigeración en desuso.
Las normas que hablan sobre planes posconsumo en este momento son:

Llantas
Resolución 1457 de 2010
Luminarias
Computadores y periféricos
Aceites
Residuos de Pilas y/o Acumuladores
Envases y Empaques de Plaguicida
Baterías Usadas Plomo Ácido
Baterías Usadas Plomo Ácido
Baterías Usadas Plomo Ácido
Medicamentos vencidos


Dentro de las cuales las mas aplicables para la compañia son las relacionadas con medicamentos, baterias, computadores y luminarias.




Los avances en materia de cumplimiento de estas normas son avanzados para la compañia. Donde ya se han generado las primeras entregas en los temas de pilas y medicamentos, y nos encontramos proximos a realizar reunión para organizar el tema de las luminarias con uno de los proveedores estrella de la compañia. En las campañas adelantadas en la compañia, hemos aplicado en los puntos establecidos, en Medellin y Manizales, proximamente a traves de la documentación del procedimiento estaremos extendiendo las campañas a todo el país.

Por otro lado, con el tema de los computadores y perifericos, adelantamos toda la gestión con uno de nuestros partners y proveedores de la empresa E-CYCLING. que gestiona todos estos residuos de una manera eficaz y eficiente.